CONTRATACIÓN
ELECTRÓNICA Y/O TELEMÁTICA
La
contratación electrónica o telemática como el tráfico de mensajes dentro de una
red que permite la negociación, conclusión y ejecución de contratos.

v CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA (EJEMPLOS)
La
contratación electrónica, atendiendo a la formación y ejecución del contrato
puede ser;
§ CONTRATACIÓN DIRECTA U ONLINE, es aquella modalidad de comercio en Internet en el que la
oferta, aceptación, entrega y el pago se hacen en línea (en la Red). Ejemplos
de este tipo pueden ser la compra de música a través de Internet, compra de un
programa de ordenador.
§ CONTRATACIÓN INDIRECTA U OFF LINE, es aquella modalidad de comercio en Internet donde la
oferta y aceptación se hace en la red, pero la entrega y/o el pago se produce
fuera de la red. Ejemplos de este tipo pueden ser el comercio electrónico de
productos y servicios físicos, tal y como la compra de libros a través de
Internet, encargo de una servicio que se va a realizar en el domicilio o la
compra de un CD que remiten al domicilio.
v CONTRATACION INFORMATICA
Aquella
cuyo objeto sea un bien o un servicio informático -o ambos- o que una de las
prestaciones de las partes tenga por objeto ese bien o servicio informático.
Son
todos aquellos elementos que forman el sistema (ordenador) en cuanto al
hardware, ya sea la unidad central de proceso o sus periféricos, así como todos
los equipos que tienen una relación directa de uso con respecto a ellos y que,
en conjunto, conforman el soporte físico del elemento informático. Asimismo, se
consideran bienes informáticos los bienes inmateriales que proporcionan las
ordenes, datos, procedimientos e instrucciones, en el tratamiento automático de
la información y que, en su conjunto, conforman el soporte lógico del elemento
informático.
v PARTES DE UN CONTRATO
INFORMATICO
En
la contratación informática se ven involucrados varios elementos, a los que
podemos denominar complementarios, que se interrelacionan entre sí.
Así,
distinguiremos entre: contratantes, parte expositiva, cláusulas o pactos y
anexos, que se analizan a continuación.
§ LOS CONTRATANTES
No
es lo mismo la contratación informática realizada entre profesionales de la
informática, que la contratación informática realizada entre un profesional de
la informática y un tercero.

La
formación de la voluntad y las responsabilidades de cada una de las partes,
tienen una relación con la identificación personal y profesional de las mismas,
que la convierten en dato de gran importancia en este tipo de contratos.
§ PARTE EXPOSITIVA
Se
fijaran los intereses de cada cual, especificando las necesidades de uno y la
oferta del otro; dejando bien claro que es lo que ofrece una parte y que es lo
que acepta la otra y debiendo existir una coincidencia real sobre el objeto, o
concepto que de el y de su utilidad respecto al fin perseguido, tienen cada una
de las partes.
Por
otro lado es de especial interés establecer claramente el negocio jurídico en
el cual luego, de acuerdo con la teoría general para ese negocio en el
ordenamiento, se pueda subsumir el caso e interpretar el contrato.
CLAUSULAS O PACTOS
Partiremos
del principio de buena fe y, estableceremos una "obligación" de
colaboración en ambos sentidos; el suministrador debe colaborar con el usuario
y, lo que es igual de importante, el usuario debe colaborar con el
suministrador.
Además,
el usuario debe respetar y seguir las directrices que, respecto al bien
contratado y su implementación en el circuito de información, le indique el
suministrador y, consecuentemente, utilizar el equipo informático o los
programas, siguiendo las instrucciones que, para su optima utilización, le
señale. El suministrador, por su parte, se exonera de responsabilidad en el
caso en que exista una anomalía consecuencia del incumplimiento por parte del
usuario de estas instrucciones de funcionamiento o manejo.
Estas
cláusulas o pactos han de cumplir los siguientes requisitos, aunque son
orientativos:
· Obligaciones de las partes, claras y
concisas.
· El deber de asesoramiento.
· El cumplimiento del plazo.
· La formación del usuario.
· Prohibición de subarrendar.
· Sustitución del equipo.
· Definición de términos o conceptos
oscuros.
· El mantenimiento preventivo.
· Cláusulas de garantía.
CONTRATACIÓN
INFORMÁTICA (EJEMPLOS)
HARDWARE: Entre los primeros se encuentran por ejemplo el de
mantenimiento de ordenadores o computadoras, el de creación de un ordenador con
una configuración determinada, así como todo aquello que tenga que ver con el
desarrollo o puesta en funcionamiento de ese hardware.
SOFTWARE: En cuanto al software, se encuentran los contratos de
hosting o alojamiento de páginas Web, el de compra de dominios, el de
desarrollo de página Web, contratos de compraventa de dominios, contrato de
compraventa on-line, además de los de protección de datos personales, etc.
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